Cooperativa De Servicios Sanitarios Rurales Mongen Ko Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$3.200.000
股份
3,200
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que con fecha 23 de diciembre del año 2024, don RUBÉN CARIQUEO HUILCAN, chileno, agricultor, casado, cédula nacional de identidad número nueve millones ochocientos cincuenta y dos mil seiscientos dieciséis guion uno, domiciliado en el Sector Boyeco Central, Comunidad Juan Cariqueo de la comuna de Temuco; redujo a escritura pública ante mí, LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS de la COOPERATIVA DE SERVICIOS SANITARIOS RURALES MONGEN KO LIMITADA. Se modifico el capital social de la siguiente manera: “El capital inicial suscrito por los socios fundadores es de 3.200.000 pesos, dividido en tres mil doscientas cuotas de participación, a un valor de mil pesos la cuota, los socios deberán pagar como mínimo cuarenta cuotas a más tardar el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco”. El párrafo restante del artículo veintitrés se mantiene sin modificaciones. En materia no extractable el notario deja constancia de lo siguiente: “El Presidente informa a los socios la recepción de los oficios ordinarios número seis mil trescientos dieciocho del primero de agosto de dos mil diecinueve y folio oficio número doscientos dos millones cuatrocientos tres mil ochocientos cincuenta y dos, del veintidós de mayo de dos mil veinticuatro” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de enero de 2025.-
公司資料
摘要官方正文
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí; CARLOS HENRIQUE TORRES MANQUIAN, chileno, agricultor, casado, C.I.N° 14.078.006-5, domiciliado sector Queupumil Renaco, comunidad Silvestre Coloma, comuna Temuco; debidamente facultado, Sanea los vicios que adolecía constitución “Cooperativa de Servicios Sanitarios Rurales Mongen Ko Limitada”, inscrita a Fjs. 944 vta. N° 558 Registro Comercio Primer Conservador Bienes Raíces Temuco año 2018, publicado Diario Oficial N° 42.102 del 09/07/2018. Saneamiento: conforme lo autoriza la Ley N° 19.499, viene en sanear el vicio, agregando en el texto del artículo veintitrés, lo siguiente: “El saldo será enterado en un plazo de cinco años contados desde la fecha del Acta de Constitución de la Cooperativa, esto es, desde el día quince de marzo del año dos mil dieciocho”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- TEMUCO, 17 de Enero de 2019.-
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股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 2018年3月15日
La cooperativa se constituyó con 87 socios, precisándose que uno de los socios de la nómina no concurrió al acto constitutivo.
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HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí; RUBEN CARIQUEO HUILCAN, chileno, agricultor, casado, C.I.N° 9.852.616-1, domiciliado sector Boyeco Central, comunidad Juan Cariqueo, comuna Temuco, debidamente facultado, redujo a escritura pública Modificación Estatutos “Cooperativa de Servicios Sanitarios Rurales Mongen Ko Limitada”, inscrita a Fjs. 944 vta. N° 558 Registro Comercio Primer Conservador Bienes Raíces Temuco año 2018, publicado Diario Oficial N° 42.102 del 09/07/2018. Modificaciones: 1) Respecto al número de personas que concurrieron a la constitución de la cooperativa, no existe ningún error, lo que paso es que el Acta de Asistencia se confeccionó en forma previa, y los socios asistente la fueron firmando, y precisamente 1 de los socios no concurrió al acto constitutivo, por lo que si bien en la nómina figura su nombre, no firmo, por lo que la Cooperativa se conformó precisamente con 87 socios.- 2) Se modificará el artículo 23 del Estatuto Social, en el sentido que se agrega la siguiente frase: “El saldo será enterado en un plazo de 5 años contados desde la fecha del Acta de Constitución de la Cooperativa, esto es, desde el día 15/03/2018”.- Lo anterior, se efectuará mediante el otorgamiento de una escritura pública de saneamiento en conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.499.- 3) Se modifica el artículo 19 del Estatuto Social, en el sentido que se reemplaza la frase “en quiebra o bajo algún convenio judicial preventivo” por la siguiente: “Encontrarse en un procedimiento concursal de reorganización o liquidación ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento”.- 4) Se modifica el artículo 23 del Estatuto Social, en el sentido que se agrega en su parte final, lo siguiente: “Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 2 Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o la establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en éste Estatuto”. 5) Respecto al artículo 36 del Estatuto Social que trata sobre la Junta General Obligatoria, se agrega como materia que deberá tratarse en ella, la contenida en la letra c) del artículo 23 de la Ley General de Cooperativas, esto es: “la elección o revocación de los miembros del Consejo de Administración, de los Liquidadores y de la Junta de Vigilancia”. 6) Respecto al artículo 37 del Estatuto Social que trata sobre las Juntas Generales especialmente citadas y sobre los acuerdos de dichas Juntas, y en conformidad al artículo veintitrés de la Ley General de Cooperativas, se reemplaza el siguiente texto “….Requerirán la conformidad de los dos tercios de los socios presentes en la Junta General de Socios, los acuerdos relativos a las materias de las letras a), b), d), e), f), g), h), i), j), y k), los que deberán ser tratados sólo en una Junta General especialmente citada con tal objeto. Para los demás acuerdos, solo se requerirá de la mayoría simple de los socios presentes. Igual quórum deberá cumplirse, cuando se trate de la participación de delegados en la Junta General de Socios, que deba pronunciarse sobre las materias señaladas en las letras a), b), d), e), f), g), h), i), j) y k) del presente artículo”.- Por el siguiente texto: “… requerirán la conformidad de dos tercios de los socios presentes o representados en la junta general respectiva los acuerdos relativos a las materias de las letras d), e), f), h), i), j), k), l), m), n), y ñ), los que deberán ser tratados sólo en juntas generales especialmente citadas con tal objeto. Los acuerdos relativos a las demás materias de conocimiento de la junta general se adoptarán por la mayoría simple de los socios presentes o representados en ella. Igual quórum deberá cumplirse, cuando se trate de la participación de delegados en la Junta General de Socios, que deba pronunciarse sobre las materias señaladas en las letras d), e), f), h), i), j), k), l), m), n), y ñ) del presente artículo”.- 7) Respecto al artículo 44 del Estatuto Social, que trata sobre la composición del Consejo de Administración, se mantiene su composición con 14 integrantes, por cuanto, representan a cada uno de los Comités de Agua Potable Rural del sector.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- TEMUCO, 15 de Enero de 2019.-
公司資料
公司目的
será prestar servicios sanitarios a sus asociados y no asociados, para lo cual deberá administrar, operar, mantener, ampliar y reponer toda la infraestructura del sistema de agua potable, en adelante “el Sistema”, tanto la que, perteneciendo al Estado, le haya sido entregada en administración, como la que se le transfiera a cualquier título en el futuro, o la construida e instalada directamente por la Cooperativa, toda ella, destinada exclusivamente a la prestación de servicios sanitarios a las comunidades rurales ubicadas en el camino que une las ciudades de Temuco y Chol-Chol, pertenecientes a la comuna de Temuco, Chol-Chol y Galvarino. Objetivo específico: la captación, purificación y distribución de agua potable, así como la entrega de otros servicios sanitarios a todos los socios y no socios que cuenten con factibilidad técnica de servicio en su vivienda.
資本
總資本
$48.000.000
實繳資本
$4.800.000
待繳資本
$43.200.000
股份
480,000
摘要官方正文
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí; CARLOS HENRIQUE TORRES MANQUIAN, C.I.N° 14.078.006-5, domiciliado sector Queupumil Renaco, comunidad Silvestre Coloma, comuna de Temuco, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta y Estatutos de la organización cuya razón social es: “Cooperativa de Servicios Sanitarios Rurales Mongen Ko Limitada”, nombre de fantasía "COOPERATIVA MONGEN KO”. Domicilio: sector Boyeco, de la comuna de Temuco, provincia de Cautín, Región de la Araucanía. Duración: indefinida. Objeto: será prestar servicios sanitarios a sus asociados y no asociados, para lo cual deberá administrar, operar, mantener, ampliar y reponer toda la infraestructura del sistema de agua potable, en adelante “el Sistema”, tanto la que, perteneciendo al Estado, le haya sido entregada en administración, como la que se le transfiera a cualquier título en el futuro, o la construida e instalada directamente por la Cooperativa, toda ella, destinada exclusivamente a la prestación de servicios sanitarios a las comunidades rurales ubicadas en el camino que une las ciudades de Temuco y Chol-Chol, pertenecientes a la comuna de Temuco, Chol-Chol y Galvarino. Objetivo específico: la captación, purificación y distribución de agua potable, así como la entrega de otros servicios sanitarios a todos los socios y no socios que cuenten con factibilidad técnica de servicio en su vivienda. El capital social suscrito es de $48.000.000.-, divididos en 480.000 cuotas de participación, a un valor de $100.- la cuota y el capital pagado al 31 de diciembre de 2018 es $4.800.000.-, lo que representa un total de 48.000 cuotas de participación, a un valor de $100.- la cuota.- Socios: concurrieron a constitución un total de 87 socios.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- TEMUCO, 28 de Mayo de 2018.-
公司資料
公司目的
será prestar servicios sanitarios a sus asociados y no asociados, para lo cual deberá administrar, operar, mantener, ampliar y reponer toda la infraestructura del sistema de agua potable, en adelante “el Sistema”, tanto la que, perteneciendo al Estado, le haya sido entregada en administración, como la que se le transfiera a cualquier título en el futuro, o la construida e instalada directamente por la Cooperativa, toda ella, destinada exclusivamente a la prestación de servicios sanitarios a las comunidades rurales ubicadas en el camino que une las ciudades de Temuco y Chol-Chol, pertenecientes a la comuna de Temuco, Chol-Chol y Galvarino. Objetivo específico: la captación, purificación y distribución de agua potable, así como la entrega de otros servicios sanitarios a todos los socios y no socios que cuenten con factibilidad técnica de servicio en su vivienda.
資本
總資本
$48.000.000
實繳資本
$4.800.000
待繳資本
$43.200.000
股份
480,000
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HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí; CARLOS HENRIQUE TORRES MANQUIAN, C.I.N° 14.078.006-5, domiciliado sector Queupumil Renaco, comunidad Silvestre Coloma, comuna de Temuco, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta y Estatutos de la organización cuya razón social es: “Cooperativa de Servicios Sanitarios Rurales Mongen Ko Limitada”, nombre de fantasía "COOPERATIVA MONGEN KO”. Domicilio: sector Boyeco, de la comuna de Temuco, provincia de Cautín, Región de la Araucanía. Duración: indefinida. Objeto: será prestar servicios sanitarios a sus asociados y no asociados, para lo cual deberá administrar, operar, mantener, ampliar y reponer toda la infraestructura del sistema de agua potable, en adelante “el Sistema”, tanto la que, perteneciendo al Estado, le haya sido entregada en administración, como la que se le transfiera a cualquier título en el futuro, o la construida e instalada directamente por la Cooperativa, toda ella, destinada exclusivamente a la prestación de servicios sanitarios a las comunidades rurales ubicadas en el camino que une las ciudades de Temuco y Chol-Chol, pertenecientes a la comuna de Temuco, Chol-Chol y Galvarino. Objetivo específico: la captación, purificación y distribución de agua potable, así como la entrega de otros servicios sanitarios a todos los socios y no socios que cuenten con factibilidad técnica de servicio en su vivienda. El capital social suscrito es de $48.000.000.-, divididos en 480.000 cuotas de participación, a un valor de $100.- la cuota y el capital pagado al 31 de diciembre de 2018 es $4.800.000.-, lo que representa un total de 48.000 cuotas de participación, a un valor de $100.- la cuota.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- TEMUCO, 28 de Mayo de 2018.
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