Cooperativa De Trabajadores De Grupo Educativo
Diario Oficial
Informações societárias
Administradores (3)
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior Renata Marcela González Carvallo, Notaria Titular de la 23° Notaría de Santiago, con oficio en Catedral 1265, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, de fecha 9 de diciembre de 2024, repertorio N°2610-2024, ante mí, compareció Fabiola Estefany Sandoval Guarda, chilena, divorciada, asistente administrativa, cédula de identidad N°15.883.461-8, reduce a escritura pública el Acta de la Junta General de Socios de la Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo, celebrada con fecha 12 de noviembre de 2024. Entre las materias tratadas en la Junta, se acordaron por unanimidad de los asistentes, que representan el 100% de las cuotas de participación: 1. Aprobar el informe de la Junta de Vigilancia Provisoria, la Memoria y el Balance del año 2023; 2. No distribuir excedentes o remanentes del ejercicio; 3. Elegir a los miembros del Consejo de Administración definitivo: a) Titulares: César Leyton Navarro, Marko Bremer Mimica y Fabiola Sandoval Guarda; b) Suplentes: Renate Carriquiry Berner y David Carrasco Isamit; y de la Junta de Vigilancia definitiva: a) Titulares: Gregorio Mercado Choque, Gonzalo del Valle Martin y Magdalena Hewstone Ramírez; b) Suplente: Jaime Severin Marchant. 4. Modificaciones estatutarias, en que se reemplazan los artículos 35 y 38 de los Estatutos, en el siguiente sentido: A) ARTÍCULO 35°: DE LAS JUNTAS GENERALES ESPECIALMENTE CITADAS: Podrán celebrarse en cualquier fecha y podrán tratar las materias contempladas en el artículo 23 letras e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), ñ) de la Ley General de Cooperativas. Las materias señaladas en las letras o) y p) podrán ser tratadas tanto en juntas ordinarias como especialmente citadas. B) ARTÍCULO 38°: DE LOS ACUERDOS DE LAS JUNTAS GENERALES: Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los presentes o representados, salvo cuando la Ley General de Cooperativas, su Reglamento o estos estatutos exijan mayoría especial. Requerirán conformidad de los dos tercios de los presentes o representados los acuerdos relativos a las materias indicadas en las letras e), f), g), h), i), j), k), l), m), n) y ñ) del artículo 23 de la Ley General de Cooperativas. 5. No fijar remuneraciones, participaciones o asignaciones en razón de los cargos de quienes ejerzan facultades de administración y vigilancia. Demás estipulaciones sobre Otras Materias en escritura extractada, Santiago de Chile, 24 de julio de 2025.
Informações societárias
Sócios (9)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administradores (9)
Histórico societário relatado
- Constituição· 9 de dezembro de 2024
Se reduce a escritura pública el acta de la junta general de socios de la cooperativa.
Fabiola Estefany Sandoval Guarda
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior Renata Marcela González Carvallo, Notaria Titular de la 23° Notaría de Santiago, con oficio en Catedral 1265, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, de fecha 9 de diciembre de 2024, repertorio N°2610-2024, ante mí, compareció Fabiola Estefany Sandoval Guarda, chilena, divorciada, asistente administrativa, cédula de identidad N°15.883.461-8, reduce a escritura pública el Acta de la Junta General de Socios de la Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo, celebrada con fecha 12 de noviembre de 2024. Entre las materias tratadas en la Junta, se acordaron por unanimidad de los asistentes, que representan el 100% de las cuotas de participación: 1. Aprobar el informe de la Junta de Vigilancia Provisoria, la Memoria y el Balance del año 2023; 2. No distribuir excedentes o remanentes del ejercicio; 3. Elegir a los miembros del Consejo de Administración definitivo: a) Titulares: César Leyton Navarro, Marko Bremer Mimica y Fabiola Sandoval Guarda; b) Suplentes: Renate Carriquiry Berner y David Carrasco Isamit; y de la Junta de Vigilancia definitiva: a) Titulares: Gregorio Mercado Choque, Gonzalo del Valle Martin y Magdalena Hewstone Ramírez; b) Suplente: Jaime Severin Marchant. 4. Modificaciones estatutarias relativas a vicios de forma, ordenadas por la División de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Fomento, en que se reemplazan los artículos 35 y 38 de los Estatutos, en el siguiente sentido: A) ARTÍCULO 35°: DE LAS JUNTAS GENERALES ESPECIALMENTE CITADAS: Podrán celebrarse en cualquier fecha y podrán tratar las materias contempladas en el artículo 23 letras e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), ñ) de la Ley General de Cooperativas. Las materias señaladas en las letras o) y p) podrán ser tratadas tanto en juntas ordinarias como especialmente citadas. B) ARTÍCULO 38°: DE LOS ACUERDOS DE LAS JUNTAS GENERALES: Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los presentes o representados, salvo cuando la Ley General de Cooperativas, su Reglamento o estos estatutos exijan mayoría especial. Requerirán conformidad de los dos tercios de los presentes o representados los acuerdos relativos a las materias indicadas en las letras e), f), g), h), i), j), k), l), m), n) y ñ) del artículo 23 de la Ley General de Cooperativas. 5. No fijar remuneraciones, participaciones o asignaciones en razón de los cargos de quienes ejerzan facultades de administración y vigilancia. Demás estipulaciones sobre Otras Materias en escritura extractada. Santiago de Chile, 3 de julio de 2025.
Informações societárias
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO, Notaria Titular de la 23ª Notaría de Santiago, con oficio en Catedral 1265, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, de fecha 9 de diciembre de 2024, repertorio N° 2.610-2024, ante mí, compareció doña Fabiola Sandoval Guarda, chilena, divorciada, asistente administrativa, cédula nacional de identidad N° 15.883.468-8, domiciliado en calle Guardia Vieja N° 181 oficina 901, comuna de Providencia, Región Metropolitana, reduce a escritura pública el Acta de la Junta General de Socios de la Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo, celebrada con fecha 12 de noviembre de 2024. Entre las materias tratadas en la Junta, se acordaron modificaciones estatutarias relativas a vicios de forma del estatuto, las que fueron aprobadas por unanimidad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, 25 de junio de 2025.
Informações societárias
Administradores (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 9 de dezembro de 2024
Se otorga escritura pública de constitución de la cooperativa, luego reducida a escritura en acta posterior.
- Outro ato· 31 de março de 2025
Se celebra Junta General de Socios que acuerda sanear vicios de falta de publicación e inscripción de la escritura de constitución.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior Renata Marcela González Carvallo, Notaria Titular de la 23° Notaría de Santiago, con oficio en Catedral 1265, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, de fecha 5 de junio de 2025, repertorio N°1333-2025, ante mí, compareció don Javier Ignacio Orrego Molina, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N°16.213.547-3, domiciliado en calle La Bolsa N°64 oficina 222-223, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, reduce a escritura pública el Acta de la Junta General de Socios de la Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo, celebrada con fecha 31 de marzo de 2025. Entre las materias tratadas en la Junta, se acordó, por unanimidad, sanear los vicios de falta de publicación e inscripción de la escritura pública, de fecha 9 de diciembre de 2024, otorgada en esta misma Notaría, a la que fue reducida el acta de 11 de noviembre de 2024. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago de Chile, 11 de junio de 2025.
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Capital
Capital total
$8.000.000
Ações
800
Texto oficial do extrato
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 1 de marzo de 2024, repertorio N°14.087/2024, ante don Rodrigo Andrés Pinares Alvarado, Notario Público suplente de esta misma notaría, don Tomás Iturriaga Bozzolo, debidamente facultado en su calidad de representante de los miembros de la Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo (la ”Cooperativa”), domiciliada en Guardia Vieja N°181, comuna de Providencia, resolvió: aclarar, rectificar y sanear la escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2023, otorgada ante mí, Notario Público Titular de esta Notaría, bajo el repertorio N°63.695- 2023, a fin de dejar constancia de que el capital inicial de la Cooperativa, que asciende a la suma de $8.000.000, se encuentra parcialmente suscrito y pagado y no íntegramente suscrito y pagado como se indicó originalmente. Asimismo, se dejó constancia que se encuentran suscritas y pagadas 800 cuotas de participación, equivalentes a 800 pesos. El capital deberá quedar íntegramente suscrito y pagado antes del 15 de mayo de 2028. En consecuencia, se modificó el artículo Sexto de los estatutos de la Cooperativa para reflejar lo antes indicado. La Cooperativa está inscrita a fojas 79.014, número 34.085 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2023. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 22 de marzo de 2024. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular.
Informações societárias
Objeto social
La Cooperativa tiene como objetos específicos la ayuda mutua entre sus socios a los efectos de atender y colaborar en la satisfacción de las necesidades individuales y familiares de sus socios y beneficiarios, a través de servicios de abastecimiento y provisión de alimentos, mercaderías de uso personal o doméstico, bienes, productos y servicios orientados a mejorar su calidad de vida, condiciones económicas y el bienestar común del entorno social en que la Cooperativa se encuentra inmersa. Para tales efectos, la Cooperativa podrá adquirir, importar, producir y recibir en consignación artículos o mercaderías de alimentación, vestuarios, bienes durables, así como cualquier otra clase de mercaderías de uso personal o doméstico. También podrá distribuir bienes y prestar servicios de toda índole, preferentemente a sus socios, con el objeto de mejorar sus condiciones familiares, sociales y culturales. La Cooperativa también podrá realizar las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, y a todas aquellas que en el futuro acuerden sus socios y que se enmarquen dentro de las disposiciones legales que le sean aplicables en la Ley de Cooperativas y su Reglamento. Para el cumplimiento de sus objetos específicos la Cooperativa podrá invertir en otras cooperativas y sociedades, y en especial, podrá ingresar como accionista de la sociedad Asesorías y Servicios Grupo Educativo SpA. Serán beneficiarios de los servicios de la Cooperativa sus socios y en general las personas relacionadas de cualquier forma con los socios de la Cooperativa y las cargas familiares de todos aquellos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Asimismo, la Cooperativa promoverá la participación comunitaria y fomentará las formas de asociación cooperativas, colaborativas y colectivas.
Capital
Capital total
$8.000.000
Capital integralizado
$8.000.000
Ações
8.000.000
Texto oficial do extrato
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: que con fecha 1 de septiembre de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública anotada bajo el repertorio número 63.695-2023, el acta de la junta general constitutiva de la Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo (la “Cooperativa”), celebrada con fecha 15 de mayo de 2023, con la asistencia de 10 socios, en virtud de la cual se constituyó la Cooperativa y se aprobó su estatuto social. Nombre: La Cooperativa se denominará “Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo”, su nombre de fantasía será COTGE. Domicilio: La Cooperativa está domiciliada en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país. Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida. Podrá disolverse, sin embargo, en cualquier momento por acuerdo de los socios en la forma establecida en el estatuto y en los casos previstos en la Ley de Cooperativas. Objeto: La Cooperativa tiene como objetos específicos la ayuda mutua entre sus socios a los efectos de atender y colaborar en la satisfacción de las necesidades individuales y familiares de sus socios y beneficiarios, a través de servicios de abastecimiento y provisión de alimentos, mercaderías de uso personal o doméstico, bienes, productos y servicios orientados a mejorar su calidad de vida, condiciones económicas y el bienestar común del entorno social en que la Cooperativa se encuentra inmersa. Para tales efectos, la Cooperativa podrá adquirir, importar, producir y recibir en consignación artículos o mercaderías de alimentación, vestuarios, bienes durables, así como cualquier otra clase de mercaderías de uso personal o doméstico. También podrá distribuir bienes y prestar servicios de toda índole, preferentemente a sus socios, con el objeto de mejorar sus condiciones familiares, sociales y culturales. La Cooperativa también podrá realizar las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, y a todas aquellas que en el futuro acuerden sus socios y que se enmarquen dentro de las disposiciones legales que le sean aplicables en la Ley de Cooperativas y su Reglamento. Para el cumplimiento de sus objetos específicos la Cooperativa podrá invertir en otras cooperativas y sociedades, y en especial, podrá ingresar como accionista de la sociedad Asesorías y Servicios Grupo Educativo SpA. Serán beneficiarios de los servicios de la Cooperativa sus socios y en general las personas relacionadas de cualquier forma con los socios de la Cooperativa y las cargas familiares de todos aquellos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Asimismo, la Cooperativa promoverá la participación comunitaria y fomentará las formas de asociación cooperativas, colaborativas y colectivas. Capital: El capital inicial suscrito y pagado es de $8.000.000, dividido en 8.000.000 cuotas de participación, de un valor inicial de $1 cada una. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta Cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 100 cuotas de participación, al mismo valor inicial antes indicado. El capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este estatuto. El consejo de administración podrá aumentar el capital social por medio de la continua emisión de cuotas de participación, las que serán pagadas por los socios en plazos que fijará el consejo de administración. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de septiembre de 2023. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular.
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