Transportes Julio Pozo Valenzuela E.I.R.L.
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Explotación del giro de transporte de pasajeros; explotar y administrar vehículos propios o ajenos destinados al transporte urbano e interurbano, nacional o internacional; otras formas complementarias de transporte; explotación de vehículos de turismo, arriendo de automóviles; representaciones de empresas nacionales o extranjeras de transporte; transporte de carga y embalaje; explotar y administrar vehículos propios o ajenos destinados al transporte de mercaderías, productos y bienes muebles; y demás actividades relacionadas con el transporte en cualquiera de sus formas
Capital
Capital total
$65.000.000
Capital libéré
$6.500.000
Capital restant dû
$58.500.000
Associés (5)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-k | 5.xxx.xxx-k | 10% | $6.500.000 |
Socio 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | 20% | $13.000.000 |
Socio 11.xxx.xxx-k | 11.xxx.xxx-k | 20% | $13.000.000 |
CRISTIAN EDUARDO POZO INOSTROZA Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 25% | $16.250.000 |
Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 25% | $16.250.000 |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 9 janvier 2017
Julio Pozo Valenzuela cede el 90% de su interés social a Julio Cesar Pozo Lagos, Monica Tatiana Pozo Lagos, Cristian Eduardo Pozo Inostroza y Ema Ester Inostroza Rodriguez
JULIO POZO VALENZUELA · JULIO CESAR POZO LAGOS · MONICA TATIANA POZO LAGOS · CRISTIAN EDUARDO POZO INOSTROZA · EMA ESTER INOSTROZA RODRIGUEZ
- Transformation· 9 janvier 2017
La empresa individual de responsabilidad limitada se transforma en sociedad de responsabilidad limitada continuadora legal
TRANSPORTES JULIO POZO VALENZUELA E.I.R.L. · TRANSPORTES JULIO POZO E HIJOS LIMITADA
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, domiciliado en Arturo Prat 770, Temuco. Certifico que con fecha 9 de enero 2017, ante mí, Don JULIO POZO VALENZUELA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula de identidad número cinco millones cuatrocientos tres mil quinientos cuarenta y dos guión K, domiciliado en calle Andrés Bello número setecientos sesenta y cinco oficina setenta y cuatro séptimo piso, Temuco;don JULIO CESAR POZO LAGOS, chileno, divorciado, independiente, cédula de identidad número doce millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guión cinco, domiciliadocalle Andrés Bello número setecientos sesenta y cinco oficina setenta y cuatro séptimo piso, Temuco en doña MONICA TATIANA POZO LAGOS, chilena, independiente, casada, cédula de identidad número once millones seiscientos ochenta y siete mil cuatrocientos treinta guión K, domiciliada en calle Andrés Bello número setecientos sesenta y cinco oficina setenta y cuatro séptimo piso, Temuco; don CRISTIAN EDUARDO POZO INOSTROZA, chileno, soltero, independiente, cédula de identidad número dieciocho millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y cuatro guión cinco, domiciliado en calle Pamplona N° seiscientos veinticinco, Villa Cataluña, de Temuco, doña EMA ESTER INOSTROZA RODRIGUEZ, chilena, casada, independiente, cédula de identidad número ocho millones cuatrocientos veintinueve mil ciento cincuenta y siete guión nueve, domiciliada en calle Pamplona N° seiscientos veinticinco, Villa Cataluña, de Temuco. Por este instrumento don JULIO POZO VALENZUELA, vende, cede y transfiere el noventa por ciento de su interés social, de la empresa individual de responsabilidad limitada “TRANSPORTES JULIO POZO VALENZUELA E.I.R.L.” O “BUSES DEL SUR E.I.R.L.”, a don JULIO CESAR POZO LAGOS, ya individualizado un veinte por cientode su interés social, el precio de dicha cesión es de trece millones de pesos doña MONICA TATIANA POZO LAGOS, ya individualizado un veinte por ciento por ciento de su interés social, el precio de dicha cesión es de trece millones de pesos; a don CRISTIAN EDUARDO POZO INOSTROZA, ya individualizado un veinticinco por cientode su interés social, el precio de dicha cesión es de catorce millones seiscientos veinticinco mil pesos, a doña EMA ESTER INOSTROZA RODRIGUEZ,ya individualizado un veinticinco por cientode su interés social, el precio de dicha cesión es de catorce millones seiscientos veinticinco mil pesos, cantidades que los cesionarios pagaran en el plazo de cinco años.- En mérito de lo anterior, esto es, por la venta y cesión de derechos sociales pasan a ser socios Don JULIO POZO VALENZUELA,don JULIO CESAR POZO LAGOS, doña MONICA TATIANA POZO LAGOS; don CRISTIAN EDUARDO POZO INOSTROZA, doña EMA ESTER INOSTROZA RODRIGUEZ, y visto lo dispuesto en el artículo catorce de la ley numero diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y lo dispuesto las disposiciones de la Circular numero veintisiete de catorce de Mayo de dos mil tres del Servicio de Impuestos Internos, se transforma en sociedad de responsabilidad limitada.- El primitivo pacto social de la empresa individual de responsabilidad limitada, se modifica, complementa y adecua a la normativa legal que regula las sociedades de responsabilidad limitada, de tal forma que para todos los efectos legales, este nuevo pacto social será el que rija la sociedad transformada, ahora como una sociedad de responsabilidad limitada, siendo esta, la continuadora legal de la primera, en todo orden de materias, incluido el tributario: Por el presente instrumento los comparecientes vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada, en conformidad y sujeta a las prescripciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, teniendo además presente las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato.- El objeto o giro de la Sociedad será la explotación del giro de transporte de pasajeros, explotar y administrar vehículos propios o ajenos destinados al transporte urbano e interurbano, nacional o internacional, otras formas de complementarias de transportes, por cuenta propia o ajena, explotación de vehículos de turismo, arriendo de automóviles, representaciones de empresas nacionales o extranjeras de transporte, demás actividades que digan relación con este ramo y asimismo la explotación del giro de transporte de carga y embalaje de ellos, explotar y administrar vehículos propios o ajenos destinados al transporte de mercaderías, productos y bienes muebles, demás actividades presentes o futuras que digan relación con el flete, traslado, transporte de bienes de toda clase y su embalaje o desarrollar actividades relacionadas con el transporte en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el Estado y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales y toda actividad anexa o afín con las expresadas y que la empresa determine. La razón o firma social será “TRANSPORTES JULIO POZO E HIJOS LIMITADA”, pudiendo usar ante cualquier persona o entidad inclusive ante Bancos o el Servicio de Impuestos Internos el nombre de fantasía de “BUSES DEL SURLTDA”. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá en forma exclusiva al socio JULIO POZO VALENZUELA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, podrá representarla con las más amplias facultades y en el ejercicio de la administración podrá ejecutar y celebrar todos los actos o contratos que sean necesarios y relativos a su objeto o giro ordinario, con las facultades señaladas en escritura extractada. El capital social será la suma de SESENTA Y CINCO MILONES DE PESOS, que se entera y paga por los socios de la siguiente forma: Uno) Don JULIO POZO VALENZUELA, aporta la suma deSEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, ingresados con anterioridad a la caja social.- DOS) Don JULIO CESAR POZO LAGOS, aporta la suma de TRECE MILLONES DE PESOS, en el plazo de cinco años contados desde la celebración de la presente escritura a medida que la caja social lo requiera.- TRES) MONICA TATIANA POZO LAGOS, aporta la suma de TRECE MILLONES MIL PESOS, en el plazo de cinco años contados desde la celebración de la presente escritura a medida que la caja social lo requiera.-CUATRO) Don CRISTIAN EDUARDO POZO INOSTROZA, aporta la suma de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MILPESOS, en el plazo de cinco años contados desde la celebración de la presente escritura a medida que la caja social lo requiera.- CINCO) EMA ESTER INOSTROZA RODRIGUEZ, aporta la suma de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, en el plazo de cinco años contados desde la celebración de la presente escritura a medida que la caja social lo requiera.- Conforme a lo anteriormente expuesto, la participación propietaria de cada uno de los socios es la siguiente: El socio Don JULIO POZO VALENZUELA, en un DIEZ POR CIENTO DEL INTERES SOCIAL; Don JULIO CESAR POZO LAGOS, en un VEINTE POR CIENTO DEL INTERES SOCIAL; MONICA TATIANA POZO LAGOSen un VEINTE POR CIENTO DEL INTERES SOCIAL; don CRISTIAN EDUARDO POZO INOSTROZA, en un VEINTICINCO POR CIENTO DEL INTERES SOCIAL; doña EMA ESTER INOSTROZA RODRIGUEZ en un VEINTICINCO POR CIENTO DEL INTERES SOCIAL. El plazo de duración de la Sociedad será de CINCO AÑOS, esto a contar de la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará en forma automática y sucesiva, por igual periodo. Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios a prorratas de sus aportes, cualquier retiro de utilidades percibidas deberá ser establecido y autorizado por los socios. Los retiros de utilidades, están sujetos a la condición suspensiva de que existan utilidades disponibles en la caja social.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- La sociedad practicará balances al día treinta y uno de Diciembre de cada año. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales que se estime conveniente abrir en el futuro en otros puntos de país o en el extranjero.- Para todos los efectos legales, los comparecientes fijan su domicilio en la ciudad de Temuco.- Continuidad legal y Subsidiaridad: Los constituyentes declaran que la sociedad “TRANSPORTES JULIO POZO E HIJOS LIMITADA”, será continuadora de la empresa individual de responsabilidad limitada “TRANSPORTES JULIO POZO VALENZUELA E.I.R.L.” O “BUSES DEL SUR E.I.R.L.”, para todos los efectos legales y tributarios. Consecuencialmente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario “TRANSPORTES JULIO POZO E HIJOS LIMITADA”, se responsabiliza solidariamente de todos los impuestos que se adeudaren por “TRANSPORTES JULIO POZO VALENZUELA E.I.R.L.” O “BUSES DEL SUR E.I.R.L.”, relativo al giro o actividad respectiva, que en virtud del presente instrumento se transforma de empresa individual de responsabilidad limitada en sociedad de responsabilidad limitada. Se deja expresa constancia que la responsabilidad asumida por la sociedad “TRANSPORTES JULIO POZO E HIJOS LIMITADA”,se refiere tanto a impuestos fiscales como a tributos municipales, directos o indirectos, internos o externos, adeudados a esta fecha por parte de “TRANSPORTES JULIO POZO VALENZUELA E.I.R.L.” O “BUSES DEL SUR E.I.R.L.”. Demás cláusulas constan escritura social extractada. Temuco, 19 de enero de 2017.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES JULIO POZO VALENZUELA E.I.R.L
CVE 1172755
