Sociedad de Responsabilidad Limitada50.208.630-8

Agricola Querelema Limitada

MODIFICACIÓN — 3 feb 2018

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-02-03Ver PDF (CVE 1348099)

Información societaria

Ltda
Administración: Indistintamente por cuatro cualesquiera de los socios designados

Capital

Capital total

$10.360.000

Capital pagado

$10.360.000

Capital pendiente

$0

Socios (9)

NombreParticipación

PABLO REYES MOORE

Socio

20%

ELVIRA REYES MOORE

Socio

20%

MARIA ISABEL REYES MOORE

Socio

20%

SERGIO REYES MOORE

Socio

20%

WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ

Socio

6.68%

JOSEFINA MONTERO REYES

Socio

3.33%

MAGDALENA MONTERO REYES

Socio

3.33%

ROSARIO MONTERO REYES

Socio

3.33%

LUCAS MONTERO REYES

Socio

3.33%

Administradores (5)

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos

    Elvira Moore Rodríguez cede la totalidad de sus derechos a varios socios, incluidos Pablo Reyes Moore, Elvira Reyes Moore, María Isabel Reyes Moore, Sergio Reyes Moore, Wenceslao Fernando Montero Sanchez, Josefina Montero Reyes, Magdalena Montero Reyes, Rosario Montero Reyes y Lucas Montero Reyes.

    ELVIRA MOORE RODRIGUEZ · PABLO REYES MOORE · ELVIRA REYES MOORE · MARIA ISABEL REYES MOORE · SERGIO REYES MOORE · WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ · JOSEFINA MONTERO REYES · MAGDALENA MONTERO REYES · ROSARIO MONTERO REYES · LUCAS MONTERO REYES

Texto oficial del extracto

Gino Beneventi Alfaro, Notario Público Interino de la 49 notaría de Santiago, con oficio en Paseo Phillips 451, oficina 1905, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2017, ante mi don PABLO REYES MOORE, con domicilio en calle Amunátegui ciento setenta y ocho, piso cuarto, ciudad y comuna de Santiago; doña ELVIRA REYES MOORE, domiciliada en Las Compuertas dos mil ciento sesenta y uno, comuna de Lo Barnechea; ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña MARIA ISABEL REYES MOORE, domiciliada en Puerta de Hierro Oriente diez mil ciento nueve, casa treinta A, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don SERGIO REYES MOORE, domiciliado en Camino del Maullin número tres mil cuatrocientos sesenta y nueve, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ, por si y en representación de doña ROSARIO MONTERO REYES, domiciliados en Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña JOSEFINA MONTERO REYES, domiciliada en calle Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña MAGDALENA MONTERO REYES, domiciliada en calle Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don LUCAS MONTERO REYES, domiciliado en calle Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y doña ELVIRA MOORE RODRIGUEZ, domiciliada en Rodrigo de Quiroga 2712, departamento 202, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, representada por don PABLO REYES MOORE, doña ELVIRA REYES MOORE y don SERGIO REYES MOORE, modifican sociedad AGRICOLA QUERELEMA LIMITADA inscrita a fojas 11.191 número 6294 del Registro de Comercio de Santiago de 1982 en el siguiente sentido. Uno) Se aumenta el capital de sociedad mediante el aporte en dominio del inmueble denominado Lote Cuatro B, que formaba parte del predio agrícola denominado “La Marea” o “Bucalemu” que corresponde a la parte sur de la antigua división del fundo Bucarruca, cuyo título de dominio se encuentra inscrito a fojas 184 vuelta número 99 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Peralillo del año 2008 y que los socios valorizan de común acuerdo en diez millones de pesos; Dos) Cesión de Derechos: Doña Elvira Moore Rodríguez vende la totalidad de los derechos de esta en la sociedad a las siguientes personas: a) a don PABLO REYES MOORE el 20% de los derechos que tenía en el precio de diez millones pesos que se pagan por el adquirente al contado; b) a doña MARIA ISABEL REYES MOORE el 20% de los derechos que tenía en el precio de diez millones de pesos que se pagan por el adquirente al contado; c) a doña ELVIRA REYES MOORE el 20% por ciento de los derechos que tenía en el precio de diez millones de pesos que se pagan por el adquirente al contado; d) a don SERGIO REYES MOORE el 20% por ciento de los derechos que tenía en el precio de diez millones de pesos que se pagan por el adquirente al contado; e) a don WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ el 6,68% por ciento de los derechos que tenía en el precio de tres millones trescientos treinta y cuatro mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; f) a doña JOSEFINA MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; g) a doña MAGDALENA MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; h) a doña ROSARIO MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; i) a don LUCAS MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado.Tres) Modifican cláusula cuarta que queda de la siguiente manera: El capital de la sociedad es la suma de diez millones trescientos sesenta mil pesos, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: a) Don PABLO REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; b) Doña ELVIRA REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; c) MARIA ISABEL REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; d) don SERGIO REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; e) don WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ aporta la suma de seiscientos noventa y dos mil cuarenta y ocho pesos, que equivalen a seis coma sesenta y ocho por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; f) doña JOSEFINA MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; g) doña MAGDALENA MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; h) doña ROSARIO MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; i) don LUCAS MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social. Cuatro) Se modifica cláusula sexta en el sentido que en adelante la administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a cuatro cualquiera de los señores ELVIRA REYES MOORE, SERGIO REYES MOORE, MARIA ISABEL REYES MOORE, PABLO REYES MOORE y WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2017. Gino Beneventi A. Notario Público.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    AGRICOLA QUERELEMA LIMITADA

    CVE 1348099

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)