Agricola Querelema Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$10.360.000
Capital pagado
$10.360.000
Capital pendiente
$0
Socios (9)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $2.072.000 |
Socio | - | 20% | $2.072.000 |
Socio | - | 20% | $2.072.000 |
Socio | - | 20% | $2.072.000 |
WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ Socio | - | 6.68% | $692.048 |
Socio | - | 3.33% | $344.988 |
Socio | - | 3.33% | $344.988 |
Socio | - | 3.33% | $344.988 |
Socio | - | 3.33% | $344.988 |
Administradores (5)
Representación legal (4)
WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Elvira Moore Rodríguez cede la totalidad de sus derechos a varios socios, incluidos Pablo Reyes Moore, Elvira Reyes Moore, María Isabel Reyes Moore, Sergio Reyes Moore, Wenceslao Fernando Montero Sanchez, Josefina Montero Reyes, Magdalena Montero Reyes, Rosario Montero Reyes y Lucas Montero Reyes.
ELVIRA MOORE RODRIGUEZ · PABLO REYES MOORE · ELVIRA REYES MOORE · MARIA ISABEL REYES MOORE · SERGIO REYES MOORE · WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ · JOSEFINA MONTERO REYES · MAGDALENA MONTERO REYES · ROSARIO MONTERO REYES · LUCAS MONTERO REYES
Texto oficial del extracto
Gino Beneventi Alfaro, Notario Público Interino de la 49 notaría de Santiago, con oficio en Paseo Phillips 451, oficina 1905, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2017, ante mi don PABLO REYES MOORE, con domicilio en calle Amunátegui ciento setenta y ocho, piso cuarto, ciudad y comuna de Santiago; doña ELVIRA REYES MOORE, domiciliada en Las Compuertas dos mil ciento sesenta y uno, comuna de Lo Barnechea; ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña MARIA ISABEL REYES MOORE, domiciliada en Puerta de Hierro Oriente diez mil ciento nueve, casa treinta A, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don SERGIO REYES MOORE, domiciliado en Camino del Maullin número tres mil cuatrocientos sesenta y nueve, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ, por si y en representación de doña ROSARIO MONTERO REYES, domiciliados en Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña JOSEFINA MONTERO REYES, domiciliada en calle Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña MAGDALENA MONTERO REYES, domiciliada en calle Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don LUCAS MONTERO REYES, domiciliado en calle Capri cinco mil trescientos cincuenta y tres, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y doña ELVIRA MOORE RODRIGUEZ, domiciliada en Rodrigo de Quiroga 2712, departamento 202, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, representada por don PABLO REYES MOORE, doña ELVIRA REYES MOORE y don SERGIO REYES MOORE, modifican sociedad AGRICOLA QUERELEMA LIMITADA inscrita a fojas 11.191 número 6294 del Registro de Comercio de Santiago de 1982 en el siguiente sentido. Uno) Se aumenta el capital de sociedad mediante el aporte en dominio del inmueble denominado Lote Cuatro B, que formaba parte del predio agrícola denominado “La Marea” o “Bucalemu” que corresponde a la parte sur de la antigua división del fundo Bucarruca, cuyo título de dominio se encuentra inscrito a fojas 184 vuelta número 99 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Peralillo del año 2008 y que los socios valorizan de común acuerdo en diez millones de pesos; Dos) Cesión de Derechos: Doña Elvira Moore Rodríguez vende la totalidad de los derechos de esta en la sociedad a las siguientes personas: a) a don PABLO REYES MOORE el 20% de los derechos que tenía en el precio de diez millones pesos que se pagan por el adquirente al contado; b) a doña MARIA ISABEL REYES MOORE el 20% de los derechos que tenía en el precio de diez millones de pesos que se pagan por el adquirente al contado; c) a doña ELVIRA REYES MOORE el 20% por ciento de los derechos que tenía en el precio de diez millones de pesos que se pagan por el adquirente al contado; d) a don SERGIO REYES MOORE el 20% por ciento de los derechos que tenía en el precio de diez millones de pesos que se pagan por el adquirente al contado; e) a don WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ el 6,68% por ciento de los derechos que tenía en el precio de tres millones trescientos treinta y cuatro mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; f) a doña JOSEFINA MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; g) a doña MAGDALENA MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; h) a doña ROSARIO MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado; i) a don LUCAS MONTERO REYES el 3,33% por ciento de los derechos que tenía en el precio de un millón seiscientos sesenta y cinco mil pesos que se pagan por el adquirente al contado.Tres) Modifican cláusula cuarta que queda de la siguiente manera: El capital de la sociedad es la suma de diez millones trescientos sesenta mil pesos, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: a) Don PABLO REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; b) Doña ELVIRA REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; c) MARIA ISABEL REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; d) don SERGIO REYES MOORE aporta la suma de dos millones setenta y dos mil pesos, que equivalen a veinte por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; e) don WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ aporta la suma de seiscientos noventa y dos mil cuarenta y ocho pesos, que equivalen a seis coma sesenta y ocho por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; f) doña JOSEFINA MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; g) doña MAGDALENA MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; h) doña ROSARIO MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social; i) don LUCAS MONTERO REYES aporta la suma de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho pesos, que equivalen a tres coma treinta y tres por ciento del capital social, ya enterados en dinero efectivo en la caja social. Cuatro) Se modifica cláusula sexta en el sentido que en adelante la administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a cuatro cualquiera de los señores ELVIRA REYES MOORE, SERGIO REYES MOORE, MARIA ISABEL REYES MOORE, PABLO REYES MOORE y WENCESLAO FERNANDO MONTERO SANCHEZ. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2017. Gino Beneventi A. Notario Público.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA QUERELEMA LIMITADA
CVE 1348099
