Inversiones E Inmobiliaria Alejandro José Sauma Hananías SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquiera clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá realizar actividades conexas o conducentes, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
資本
總資本
$4.596.854.207
實繳資本
$4.596.854.207
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.97% | $4.595.475.152 |
CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF Socio | - | 0.01% | $459.685 |
Socio | - | 0.01% | $459.685 |
DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF Socio | - | 0.01% | $459.685 |
管理人(2)
CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF
SII 代表(2)
CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF
公報所載公司沿革
- 公司形式轉換· 2024年8月23日
La sociedad por acciones INVERSIONES E INMOBILIARIA ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS SpA se transforma en sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA.
ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS · CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF · PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF · DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF
摘要官方正文
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 23 de agosto del año 2024, Repertorio N°2.702-2024, ante mí, don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, y doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, quienes, según consta en el Registro de Accionistas que me fuera exhibido, son los únicos y actuales accionistas de la sociedad por acciones INVERSIONES E INMOBILIARIA ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS SpA, inscrita a fojas 17.410 N°7.652 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2024, acordaron, en su calidad de tal, transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, que continuará operando bajo la razón social de INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA. Asimismo, con motivo de la transformación, don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, y doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9.070, oficina 1.501, comuna de Vitacura, de paso en ésta, Región Metropolitana, otorgaron los estatutos sociales de la sociedad INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón Social: “INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía “INMOBILIARIA ALEJANDRO SAUMA LTDA.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquiera clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. La sociedad podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, y notificando su deseo de no prorrogarla a los demás socios, a través de carta certificada dirigida al domicilio registrado en la sociedad, todo ello con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórrogas. Capital: $4.596.854.207, que los socios han aportado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, el cual se distribuye de la siguiente manera: a) don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, con la suma de $4.595.475.152, equivalentes aproximadamente al 99,97% del total de los derechos sociales; b) don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, con la suma de $459.685, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; c) doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, con la suma de $459.685, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales; y d) doña DANIELA MACARENA SAUMA MAHALUF, con la suma de $459.685, equivalentes aproximadamente al 0,01% del total de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y Uso de Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, y a don CHRISTIAN ALEJANDRO SAUMA MAHALUF, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 07 de octubre de 2024. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Titular.
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES E INMOBILIARIA ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS SpA
CVE 2555890
